Una de las dudas comunes de los comerciantes que apenas inician, es si es obligatorio el uso de posnet en Argentina en la actualidad. La respuesta corta es sí, es obligatorio el uso de posnet en Argentina. Sin embargo, existen ciertas excepciones y matices que debes considerar. Si quieres saber si debes utilizar obligatoriamente un posnet en tu negocio, quédate aquí para entender más al respecto.
El origen de la normativa de obligación de uso de posnet
El origen de esta normativa proviene de 2001. Sin embargo, para mediados de 2016, la normativa fue reafirmada y específica en que se debe contar con el uso de posnet obligatorio para comercios, sin embargo, depende de varios aspectos.
De la normativa que estamos hablando es del artículo 10 de la ley 27253 en el Decreto 858. En este artículo se habla al respecto de la obligatoriedad de la recepción de pagos a través de:
- Tarjeta de débito
- Tarjetas prepagas no bancarias (tarjetas para la acreditación de determinados beneficios como la seguridad social)
- Transferencias bancarias
Un punto importante a destacar, es que la normativa no obliga a recibir pagos de tarjeta de crédito. Esto es probablemente debido a las comisiones individuales y tiempos de recepción del dinero para este método de pago.
⚠️Si aceptas códigos QR, no estás obligado a aceptar otros medio de pagos adicionales, según el Artículo 2 de la Ley N° 21.526.
¿Quién no está obligado a tener posnet en Argentina?
La normativa es general, pero tiene ciertos aspectos clave. Para empezar, es obligatorio el uso de un posnet para todos los comercios, mayoristas, minoristas y monotributistas.
Sin embargo, la normativa obligatoria solo aplica para quienes ofrezcan un servicio de bienes muebles para el consumo final, ofrezcan servicios masivos a consumidores finales, realicen obras o realicen servicios de cosas muebles.

Para entender mejor esto, básicamente, quienes deberán contar con posnet son los comercios que ofrezcan bienes físicos para el consumo final. Por ejemplo si su comercio se dedica a importar productos como proveedor para una tienda (y no para venta directa a clientes) no es necesario que tenga un posnet.
Sin embargo, hay casos donde usted no tendrá como obligación hacer uso de un posnet. Estos casos serían:
- Si ofrece servicios que no sean de consumo masivo, es decir, un servicio que sea personalizado y único para cada cliente, sin industrializaciones, ni generación en masa. Por ejemplo, los servicios de consultoría o abogacía, quedarían exentos del uso de un posnet obligatorio en Argentina. Algunos servicios que también quedan exentos son:
- Asesoría SEO y Marketing Digital
- Asesoramiento en uso de Redes Sociales y Publicidad para empresas
- Servicios de mantenimiento
- Servicios de limpieza
- Si ofrece servicios a consumidores no finales. Por ejemplo, un servicio de una empresa de transporte de productos alimenticios para terceros
- Si vive en una población con menos de 1.000 habitantes
- Si realiza operaciones de venta por diez pesos o menos
¿Puedo usar un mPOS o POS virtual en mi comercio?
Sí, puede usar un posnet virtual, no bancarizado o alternativo como Mercado Pago. Si tiene dudas sobre cómo añadir un posnet a su negocio, puede visitar esta guía de cero a cien.
¿Qué pasa si no uso posnet en mi comercio?
Si no cumples con la normativa, podrás verte involucrado con una multa. Su negocio podrá ser denunciado ante el ente regulador, y en caso de no apegarse a la normativa, podría verse afectado negativamente.
Igualmente, hoy en día es bastante sencillo colocar un posnet en su comercio, y las comisiones pueden ser bastante bajas. Si desea una guía completa al respecto, puede consultarla aquí.
Fuentes consultadas: